Alcaldesa de Guasdualito asegura que su destitución no tiene base legal

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La alcaldesa de Guasdualito,Lumay Barreto, califica de bochornosa su destitución del cargo a través de una sentencia de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

Barreto explicó que el 19 de febrero se trasladó a Caracas para una reunión de alcaldes, posteriormente estuvo tres días en Barquisimeto y a su regreso encontró que cuatro concejales titulares emitieron un decreto en el que la destituyen por abandono de cargo.

«La Sala Constitucional avala el decreto bajo el argumento de resguardar el bien del municipio y designa como alcalde al concejal del PSUV Víctor Blanco», indicó.

«Eso no tiene asidero legal, es bochornoso, la presidenta del Tribunal Supremo me da un golpe de estado», expresó Barreto y precisó que la Ley del poder público municipal prevé que para declarar abandono del cargo se necesitan 90 días de ausencia injustificada. «Solo estuve fuera seis días y tengo para comprobar donde estuve y justificar».

Aseguró que concejales oficialistas le han obstaculizado su gestión, al bloquear mejoras para el hospital de Guasdualito, la militarización del mercado municipal y la expropiación de una fábrica de bloques. «Esto es una guerra campal todos los días desde que asumí la alcaldía, no he podido adelantar obras».

ASOCIACIÓN DE ALCALDES RECHAZA DESTITUCIÓN

La Asociación de Alcaldes por Venezuela expresó su rechazo a la intención de destituir a la alcaldesa del municipio José Antonio Páez del estado Apure, Lumay Barreto.

La asociación aseguró a través de un comunicado que la medida cautelar de la Sala Constitucional es improcedente por la incompetencia de ese Tribunal. «La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia otorga competencia a esa Sala para conocer de demandas de intereses difusos y colectivos cuando esa demanda tenga ‘transcendencia nacional´. Al dictar medida cautelar sobre un acuerdo del Concejo Municipal del Municipio José Antonio Páez, que pretende destituir a la alcaldesa Barreto, la Sala Constitucional actuó fuera de sus competencias legales», señala el texto.

Agrega que la Sala Constitucional obvió toda valoración sobre la inconstitucionalidad e ilegalidad del Acuerdo de la Cámara municipal.

También alegó la asociación que no existe en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal la figura del «abandono del cargo». «El cargo de Alcalde solo se pierde ante una de las causas de ausencia absoluta taxativamente establecidas en esa norma. Solo pasados 90 días luego de declarada una ausencia temporal es que la Ley Orgánica del Poder Público Municipal le da facultades a los concejales para determinar si esa falta temporal puede asumirse como ausencia absoluta. Se evidencia en el texto del ilegal acuerdo de cámara, copiado textualmente por la decisión del TSJ «.

Advirtió la asociación que la sentencia creó un supuesto de falta absoluta no prevista en la Lopmm, con lo que el TSJ pretende avalar un acuerdo para que el presidente del Concejo Municipal usurpe el cargo de Alcalde, en detrimento del derecho de los electores.

La Asociación de Alcaldes exige al Tribunal Supremo de Justicia que revoque la medida cautelar dictada en contra de la alcaldesa Lumay Barreto.

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