¿Es el sicariato un trabajo?
En muchos países hispano parlante, sus textos legales tienen normado el trabajo, en cuanto a sus definiciones legales, como aquellas actividades que realizan las personas por cuenta ajena y en beneficio de un patrono que tiene la potestad, a causa de ese trabajo subordinado, de darle instrucciones técnica a ellos sobre las características del trabajo a ejecutar y, por el cual, recíprocamente, el trabajador tiene el derecho a recibir, por el trabajo realizado o pactado, un pago/salario y los beneficios de la seguridad social.
Dice la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, que “el trabajo es un hecho social y goza de protección como proceso fundamental para alcanzar los fines del Estado, la satisfacción de las necesidades materiales morales e intelectuales del pueblo y la justa distribución de la riqueza”
El sicariato, en cambio, es una actividad delictual/abominable (cruel e inhumana), mediante el cual a las personas se le quita la vida o se le causan otros daños irreversibles, ejecutada por personas entrenadas y dedicadas a eso, a cambio de un pago que realiza quien lo ordena y contrata al victimario.
El trabajo son actividades dirigidas a producir bienes y servicios en beneficio de la sociedad como un todo.
El trabajo fomenta la vida.
El sicariato destruye las vidas.
Desde las miradas éticas y legales, el sicariato es un oprobio. Son maldades nacidas del extravío humano generado en las sociedades en crisis y de agónicos valores.
El sicariato, y otras actividades vecinas, por su repetición social, parecieran ser trabajo, pero no lo son.
No es trabajo aquellas añejas acciones de tormento y tortura modalizada en los cuerpos policiales del mundo realizadas a fines de obtener confesiones de los detenidos.
Esas son maldades crueles, no trabajo. El trabajo dignifica!
Es igual a la violación. Jamás esa modalidad sexual puede catalogarse de amor. Es simplemente un delito horroroso!
El robo de vehículos/piezas, ejecutado por bandas, en algunos casos muy bien organizadas, parecieran tener las características del trabajo para sus intervinientes/ejecutantes, pero, además de no encajar en las definiciones legales del trabajo, producen, contrariando los resultados del trabajo, impactantes sufrimientos a sus víctimas.
A veces, por la severidad de los daños, las víctimas quedan inhabilitadas psicológicamente de por vida!
Hacen escasos días, un trabajador jubilado de Ferrominera Orinoco, de 76 años de edad, fue sorprendido por una joven pistolera, elegante ella, en la avenida gumilla, la cual, como únicas palabras le dijo a víctima, “ esto es un atraco, haz lo que te digo o te mato!
El anciano con la pistola en la nuca se quedó paralizado.
Conduce con calma, le dijo la pistolera sentada en el cojín de atrás.
Acto seguido lo llevaron a un paraje solitario, en la vecindad de un barrio.
Mientras le desvalijaban el carro lo acostaron viendo hacia abajo, en la parte trasera del carro.
Para que la víctima supiera que la cosa era en serio, le dieron un tiro en la oreja izquierda.
Dominado por el terror, el hombre pensó de todo!
Vinieron a él una sucesión de imágenes.
En la pantalla de su imaginario se apareció su esposa, sus nietos, sus hijos, sus amigos, el café recién colado.
Y vio su cuerpo en una urna!
Sintió el dolor del llanto amargo de la desventura, próximo a él.
Saqueado el carro, los victimarios se marcharon.
Viejo, cuenta hasta diez mil, y te marchas, le dijeron.
El desdichado hombre aún anda navegando en el pánico.
¿Quiénes le hicieron eso, estaban trabajando?
No.
¡Estaban delinquiendo!
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