La Sala Constitucional declaró inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por la fiscal general Luisa Ortega Díaz contra el acto de designación de magistrados del Tribunal Supremo de Justicia en diciembre de 2015.
Sobre la constitucionalidad del acto parlamentario dictado por la AN en 2015, en el cual fueron designados y juramentados magistrados para llenar las vacantes en el Alto Tribunal, ya se pronunció con anterioridad la Sala Constitucional en sentencia N° 614 del 19 de julio de 2016, cuya copia certificada le fue entregada a la fiscal general de la República el 4 de agosto de 2016, reza el comunicado.
De este modo, en la sentencia n° 614, la Sala Constitucional declaró que “cualquier comisión, artificio o acción que tenga el objeto de anular la designación de magistrados subvierte el procedimiento constitucional para remoción de magistrados del TSJ, y por lo tanto, es írrito y nulo de toda nulidad y carente de validez, existencia y eficacia jurídica; y quienes participen en ellos están sujetos a la responsabilidad penal, civil y administrativa que corresponda”.
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