CNE modifica normativa para acreditación de testigos

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) modificó su normativa de cara a las elecciones presidenciales previstas para el 28 de julio.

En Gaceta electoral número 1060 fue publicada la resolución No. 240620-054, que señala que para ser testigo se requiere ser electora, saber leer y escribir y no ser funcionaria del CNE.

La nueva medida establece en su articulo 7 «…Los testigos de mesa electoral deberán estar inscritos en el centro de votación en el cual esté localizada la mesa electoral correspondiente», lo que representa un cambio significativo en el procedimiento habitual.

La normativa especifica que no se permitirá más de un testigo por organización con fines políticos o alianza en un mismo acto electoral.

Tipo de testigos a acreditar

Testigos Nacionales, hasta un máximo de veinticuatro testigos a nivel nacional por

alianza u organización política que haya postulado candidato a la presidencia de la República.

Testigos ante la Junta Nacional Electoral.

Testigos de Mesa Electoral. EI/Unión Radio/Agencias

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